El pasado 8 de agosto entró en vigencia la Ley 21.249 de Servicios Básicos que impide el corte de suministro por no pago a usuarios residenciales y otros segmentos específicos (hospitales, centros de salud, cárceles, hogares de menores en riesgo social y de larga estadía de adultos mayores, bomberos, organizaciones sin fines de lucro y microempresas).
Además, permite a las y los clientes solicitar que las deudas contraídas con empresas de servicios básicos, entre el 18 de marzo y el 06 de noviembre de 2020, se prorrateen en hasta 12 cuotas a elección, sin multas ni intereses.
Puedes acceder a este beneficio por las siguientes razones:
- Estar dentro del 60% más vulnerable.
- Ser adulto mayor, mayor de 60 años, de acuerdo a la ley Nº19.828.
- Estar percibiendo las prestaciones de la ley Nº19.728 (seguro desempleo).
- Presentar alguna causal de la ley Nº21.227 que faculta acceso a prestaciones de la ley Nº19.728 (seguro desempleo) en circunstancias excepcionales, por suspensión o reducción de jornada laboral.
- Ser trabajador o trabajadora independiente que acredite disminución significativa de ingresos, mediante declaración jurada simple.
Para acceder al formulario de Enel debe ingresar AQUÍ.
Para acceder al formulario de Aguas Andinas debe ingresar AQUÍ.
El plazo para acceder a este beneficio es hasta el 6 de noviembre.